Con frecuencia, pensamos que por haber terminado de pagar el total de un préstamo que recibimos para comprar una propiedad, o inclusive para salir de algún aprieto económico, la hipoteca que garantiza el préstamo debe quedar cancelada de manera automática. Ello, sin embargo, no es así.
¿Quién me ayuda?
La cancelación de la hipoteca que tenemos sobre una propiedad o un bien inmueble, debe hacerse mediante una escritura ante Notario.
El trámite puede hacerse ante cualquier notario; no es necesario que se lleve a cabo ante la misma persona ante la cual se constituyó la hipoteca. Por ley, el usuario del servicio notarial puede elegir libremente a su notario.
Pasos para cancelarla
- A efecto de obtener la cancelación de la hipoteca es necesario contactar, en primer lugar, al banco o a la institución financiera que otorgó el préstamo. Dicha institución debe indicarnos si ya cuenta con el primer testimonio de la escritura donde conste la cancelación de la hipoteca para que entonces el interesado, o sea la persona que liquidó el préstamo, pueda, mediante su notario, inscribir ese hecho en el Registro Público de la Propiedad del lugar del inmueble.
- Si el banco o la institución financiera que otorgó el préstamo no cuenta aún con el primer testimonio de la escritura donde se consigne la cancelación de la hipoteca, o bien el préstamo se obtuvo de algún particular o por medio de un organismo de vivienda como el INFONAVIT o el FOVISSSTE, será necesario que se gire una carta de instrucciones al notario que se elija para que se realice la cancelación y ello pueda constar en el Registro Público de la localidad en la que se encuentre la propiedad.
- No es suficiente que se tenga una constancia del acreedor en la que se indique que ya no se le debe nada. Es importante llevar a cabo la escritura de cancelación de hipoteca y que la misma se inscriba en el Registro Público. En muchas ocasiones, los bancos o las instituciones financieras llegan a cambiar de nombre o fusionarse con otras instituciones, lo cual puede complicar o cuando menos alargar el proceso de cancelación.
- Si bien la institución que otorgó el préstamo está obligada a cancelar la hipoteca cuando éste ha sido pagado, de cualquier manera es en el interés del acreditado proceder a solicitar dicha cancelación.
¿Cuánto cuesta escriturar?
El trámite tiene un costo muy accesible, el cual, al igual que todos los costos notariales, es fijado por la autoridad local. Es conveniente evitar problemas y retrasos innecesarios para poder disponer con libertad de la propiedad. Finalmente, es importante mencionar que se puede otorgar testamento y disponer en él del destino de la propiedad sin importar si la hipoteca está cancelada o no en el Registro Público de la Propiedad.
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